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En la Cámara Baja

Ley de Alquileres: qué cambios se discuten y cuándo se tratará en el Congreso

En medio de una de las mayores crisis del mercado inmobiliario, los diputados buscan debatir este miércoles 23 dos dictámenes para modificar la norma que regula los contratos desde el 2020

22 Agosto de 2023 15.53

Diputados de la oposición buscarán debatir dos dictámenes de la Ley de Alquileres en la Cámara Baja este miércoles 23 de agosto, que incluye dos proyectos de reforma e iniciativas para derogar la norma. Pero para lograrlo deberán garantizar el quórum de 129 legisladores.

El debate se da en medio de una de las mayores crisis del mercado inmobiliario: en el segundo trimestre de 2023, los alquileres en la Ciudad de Buenos Aires tuvieron aumentos interanuales de hasta 141,1% según un informe de la Dirección General de Estadística y Censos porteña (Dgeyc).

Además, desde la Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios (CAMESI) remarcaron que hoy hay “80% menos de departamentos en alquiler en la Ciudad que hace 6 meses” y lo atribuyeron al “cocktail” que engloba a la ley sectorial, el crecimiento de la renta temporaria y la alta inflación.

La Ley de Alquileres, promulgada en 2020, establece un plazo mínimo de contrato de tres años y ajustes anuales mediante el Índice de Contrato de Locación (ICL), que publica el Banco Central. Según cifras del Gobierno porteño, hay menos de 900 departamentos en alquiler en CABA.

alquiler

Luego de las PASO, la combinación entre la devaluación del peso, la incertidumbre económica y la Ley de Alquileres generaron tres efectos diferentes al brutal aumento de precios de los alquileres: la falta de oferta, los precios de un alquiler en dólares y los alquileres temporarios.

El primero de los puntos es el más complejo para quienes buscan mudarse o conseguir un alquiler. Los propietarios ya no están dispuestos a alquilar un departamento por tres años con ajuste anual, entonces la oferta de alquileres está muy por debajo de la demanda.

 

¿Qué puede pasar si el Gobierno la suspende o deroga la ley?

Este miércoles, Juntos por el Cambio y los bloques federales buscarán reducir el plazo mínimo de contrato a dos años, en lugar de los tres años de la normativa actual; establecer una actualización entre los tres y los doce meses, con mecanismo a definirse entre las dos partes, contra el plazo mínimo de un año que prevé la ley actual, con una actualización dispuesta por un índice que combina la inflación y la variación del Ripte.

En cambio, el oficialismo mantiene en su dictamen el núcleo de la norma sin modificaciones, es decir, el plazo mínimo de tres años de contrato, el método de ajuste anual y beneficios impositivos para los propietarios que tengan alguna propiedad en alquiler.

Inquilinos y sindicatos en contra de la modificación

Uno de los primeros efectos no deseados que tuvo la ley de Alquileres fue una suba por encima de la inflación para los nuevos contratos. En parte porque el mercado inmobiliario ofrece menos propiedades en alquiler y a precios más elevados.

La organización Inquilinos Agrupados teme por la paralización de los contratos o la renovación, frente a lo que ocurre en el Congreeso como sucedió en abril cuando trascendió que se buscaba modificar la legislación.

En las redes sociales, algunos inquilinos difundieron que hubo una interrupción de las negociaciones con los propietarios. Los miembros de esta agrupación convocaron a una manifestación frente al Congreso para cuando se de el tratamiento de la Ley.

¿Qué establece la Ley de Alquileres vigente?

La Ley 27.551, conocida como Ley de Alquileres, entró en vigencia el 30 de junio de 2020 y tiene como plazo mínimo para un contrato de 3 años. La ley dicta que “si carece de plazo expreso y determinado mayor” el contrato “se considera celebrado por el plazo mínimo legal de tres años”. Además, señala que el precio del arriendo debe fijarse como valor único y por períodos anuales, es decir, no se pueden realizar aumentos trimestrales ni semestrales.

“Los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)”, que es un índice salarial. Desde entonces, el Banco Central publica todos los días dicha fórmula, llamada Índice de Contratos de Locación (ICL).