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Obra pública

Causa Vialidad: rechazaron la recusación de Cristina Kirchner contra los magistrados

El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 que interviene desestimó los planteos de la Vicepresidenta hacia Diego Luciani, Sergio Mola y otros integrantes.

13 Agosto de 2022 10.15

El Tribunal Oral Federal2 rechazó la noche del sábado la recusación que la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, presentó contra algunos de sus integrantes y hacia los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, que intervienen en la causa por el supuesto direccionamiento de la obra pública vial en Santa Cruz entre 2003 y 2015

Las principales recusaciones fueron las planteadas contra el fiscal Luciani y el presidente del Tribunal, Rodrigo Giménez Uriburu, por haber compartido un equipo de fútbol denominado "la Liverpool" que en más de una oportunidad fue a disputar encuentros deportivos a la quinta Los Abrojos, de propiedad de Mauricio Macri.

A ese planteo se sumaron las defensas de Lázaro Báez y de los ex funcionarios Julio De Vido, Carlos Kirchner y Nelson Periotti. Este último también recusó a Mola por una visita a la Casa Rosada y porque a su jura como fiscal asistieron funcionarios públicos del PRO.

“Las vinculaciones personales que pretenden construirse entre los tres funcionarios públicos recusados con integrantes del partido político opositor a los aquí imputados resulta, a todas luces, carente de elementos de prueba que permitan validarla y otorgarle los efectos jurídicos que se pretende”, señalaron los jueces Jorge Gorini y Andres Basso en su resolución de 19 páginas.

Los camaristas hablaron de “la mala fe procesal en la que incurrieron las defensas”.

En el caso de las recusaciones presentadas este viernes por la defensa de la Vicepresidenta contra el juez Jorge Gorini, a quien se reprocha haber visitado la Casa Rosada durante el gobierno de Mauricio Macri, fueron rechazadas in límine por los tres jueces del TOF 2: Giménez Uriburu, Andrés Basso y el propio Gorini.

En la audiencia del juicio, Gorini había explicado los motivos por los que, en dos oportunidades, concurrió a la Casa de Gobierno para mantener reuniones con la entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

El magistrado sostuvo que uno de esos encuentros tuvo que ver con la difusión de fotos "en pijama" del exvicepresidente Amado Boudou el día de su detención: Gorini explicó que tenía a cargo la causa por la tragedia del tren de Once, en la cual se ordenarían detenciones de exfuncionarios con condena firme, y dijo que solicitó la reunión con Bullrich para garantizar que se evitaran situaciones como aquella.

La segunda reunión invocada en la recusación en su contra -y publicada ayer por el diario Página/12- fue por un tema de su seguridad personal, explicó el magistrado.

En el caso de las recusaciones interpuestas contra el presidente del TOF 2, Giménez Uriburu y los fiscales Luciani y Mola, el rechazo se produjo tras el debate en la audiencia del viernes a la mañana y el fallo está firmado únicamente por los jueces Gorini y Basso.

"Luego de haberse analizado los limitantes normativos relativos a la recusación intentada -su evidente extemporaneidad y la inaplicabilidad del supuesto reclamado en virtud de la regla del artículo 56 del Código Procesal Penal de la Nación-, resta señalar que, tras sustanciarse las recusaciones planteadas, tampoco encontramos configurado el grado de amistad al que alude la norma cuando dispone el apartamiento de jueces y magistrados en función de su vínculo con los interesados en el proceso", sostuvieron Gorini y Basso.

"En efecto, tanto el doctor Luciani como el doctor Giménez Uriburu han dado cuenta de los pormenores de la relación que los une, explicando los espacios en los que han coincidido en el pasado y también los límites que enmarcan su vínculo. En base a la información que aportaron en la audiencia llevada a cabo en el día de la fecha y en el escrito presentado, respectivamente, nos encontramos ante la evidencia de que la 'íntima amistad' por la que las defensas pretenden su recusación, no es más que un relato construido sobre la base de imágenes de las que difícilmente pueda colegirse esa conclusión", concluyeron en el fallo.