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Proyecto de Ley

Ley de Alquileres: cómo tratarán el proyecto en el Senado

Las opciones que se plantean son dos: aprobar el dictamen sin cambios, tal como llegó de Diputados, o introducir modificaciones

28 Agosto de 2023 16.47

El viernes pasado marcó un punto crucial en el proceso legislativo en torno a la controvertida ley de alquileres. La coalición opositora Juntos por el Cambio (JxC) logró un avance significativo al solicitar la constitución de la comisión de Legislación General del Senado, y su petición fue aceptada por el oficialismo.

Esta decisión tiene implicaciones significativas, ya que señala el inicio de la discusión rumbo a la Cámara Alta, un paso previo necesario antes de llegar al recinto, una vez que se firme el dictamen.

El oficialismo, por sí solo, carece del número de votos necesarios para convocar la sesión y necesita llegar a un acuerdo con la oposición para avanzar en el proceso. La comisión de Legislación General se reunirá el próximo martes, y se espera que el proceso siga dos etapas: la creación de esta comisión y posteriormente una reunión conjunta con la comisión de Presupuesto, donde se abordarán varios proyectos, incluido el de Alquileres que ya fue votado en la Cámara de Diputados.

Las opciones que se plantean son dos: aprobar el dictamen sin cambios, tal como llegó de Diputados, o introducir modificaciones. En caso de optar por la segunda opción y si el Senado lo aprueba, el proyecto deberá regresar a la Cámara de Diputados para ser debatido nuevamente en comisiones.

En este momento, Juntos por el Cambio tiene mayoría en la comisión de Legislación General, lo que le permitiría avanzar sin modificar el dictamen. En contraste, el Frente de Todos cuenta con la mayoría de votos en la comisión de Presupuesto y Hacienda, lo que le daría la capacidad de realizar enmiendas.

Un detalle crucial es que la oposición necesita tan solo un voto adicional para aprobar el proyecto que ya pasó en Diputados con 125 votos a favor, 112 en contra y 3 abstenciones. Las estimaciones indican que la iniciativa podría contar con el apoyo de 36 senadores si se toma en cuenta la configuración política de la Cámara Baja. Sin embargo, es importante destacar que, incluso si el proyecto avanzara en el Senado, aún deberá pasar por la instancia del poder Ejecutivo y ser publicado en el Boletín Oficial antes de entrar en vigor.

Este avance legislativo es crucial, ya que el sector inmobiliario ha expresado su preocupación por la paralización de los mercados en tiempos de transición normativa. La incertidumbre ha llevado a que muchos eviten cerrar contratos hasta que se aclare el panorama legal. Las asociaciones inmobiliarias se preparan para participar en el proceso de discusión, con la esperanza de que una aprobación en el Senado brinde estabilidad al mercado.

La discusión sobre la ley de alquileres ocurre en un contexto difícil para este sector, con aumentos en los contratos de más del 600% desde mediados de 2020. La reciente victoria de Javier Milei en las PASO ha contribuido a aumentos adicionales en las propiedades disponibles para alquiler.

Por otro lado, se destaca que los monoambientes han experimentado un incremento interanual del 289%, mientras que los departamentos de dos ambientes han subido un 250%

Para aquellos con contratos en marcha, se prevé que los aumentos anuales sean significativos, alcanzando casi el 113% en septiembre, debido a la actualización anual basada en el índice ICL, que combina salarios e inflación. Aunque la inflación de las últimas semanas se verá reflejada en el ICL en noviembre, quienes deban ajustar sus contratos en septiembre enfrentarán aumentos notables.

En el ámbito de los cambios propuestos por la nueva ley de alquileres, dos puntos se han destacado por generar controversia: la duración de los contratos y la metodología de ajuste. El dictamen propone volver a establecer un plazo mínimo de dos años para los contratos, en lugar de los tres años que establece la ley vigente. Además, se modificaría la frecuencia de ajuste para los contratos de vivienda, permitiendo que el alquiler se actualice según el acuerdo de las partes, con un mínimo de cuatro meses. Esta flexibilidad contrasta con la ley actual que solo permite un ajuste anual, un aspecto relevante dado el contexto inflacionario.